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lunes, 6 de marzo de 2017

Diez años de inhabilitación para el exalcalde de Oria por medio centenar de contratos 'a dedo'

La sentencia considera al exregidor autor de un delito continuado de prevaricación administrativa, pero le absuelve fraude de subvenciones y de malversación de caudales públicos. La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al exalcalde de Oria, José Pérez (PSOE), por contratar durante el mandato 2007-2011 a 44 personas 'a dedo' y por adjudicar de «manera directa» diversas obras, lo que, además, provocó que el ente local contrajese una deuda de «388.740,62 con 25 proveedores y contratistas» pese a la «inexistencia de consignación presupuestaria» y de «expedientes administrativos de contratación y aprobación del gasto». La sentencia de la Sección Tercera considera al exregidor autor de un delito continuado de prevaricación administrativa, pero le absuelve de los delitos de fraude de subvenciones y de malversación de caudales públicos que le imputaba la acusación particular del Ayuntamiento de Oria a raíz de una auditoría realizada en 2011 tras el cambio de gobierno. El tribunal indica en su fallo, en el que no fija responsabilidad civil ya que iba a asociada al delito de malversación de caudales públicos, que Pérez hizo «prevalecer su propia voluntad sobre los intereses generales del ente loca y los particulares de posibles interesados», y que adoptó estas decisiones con «conocimiento de que actuaba la margen del ordenamiento jurídico». En concreto, detalla que suscribió «en nombre del ente local» un total de 35 contratos de trabajo de duración determinada «para los que no había previsión presupuestaria, sin seguir procedimiento alguno, sin justificar las causas por las que se recurría a la contratación laboral temporal, ni las que determinaban la elección de estas personas en particular» y otros nueve con las mismas características «para monitor de actividades deportivas y culturales». Añade, en esta línea, que los contratos no fueron documentados por escrito ni generaron alta en la Seguridad Social y que los trabajadores cobraban del Ayuntamiento en metálico o por cheque, firmando un recibo para, así, «dejar constancia»
Después de varias jornadas testificales, la sección tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha considerado probado que el ex alcalde de Oria. José Pérez Pérez (PSOE) ha actuado en distintas contrataciones y adjudicaciones “haciendo prevalecer su voluntad sobre los intereses generales”. De este modo el ministerio público considera probado que el edil contrató a 44 personas “con conocimiento de que actuaba al margen del ordenamiento jurídico”. De igual manera y actuando de manera consciente al margen de la ley, Pérez Pérez en su condición de alcalde y durante su gestión de 2007 a 2011, adjudicó de forma directa, sin seguir procedimiento ni expediente administrativo alguno, la 2ª y la 3ª fase de las obras denominadas “Guardería Infantil” a la mercantil Construcciones Mariano Simón, S.L. por importes de 191.000 y 209.000 euros. El acusado, sin seguir procedimiento administrativo alguno, compró por contratación directa a la entidad HM De Haro Mañas, S.L. una retro­cargadora mixta por importe de 78.200 euros y una barredora dumper por importe de 52.293,64 euros. También ha quedado demostrado que José Pérez Pérez “adjudicó de forma directa, sin procedimiento ni expediente administrativo, proyectos técnicos de arquitectura a la mercantil A&G Taller de Arquitectura, S.L.:
1. Proyecto de ejecución del pabellón de deportes por importe de 54.027,13 €, que fueron abonados durante los años 2008 y 2009.
2. Proyecto básico y de ejecución de “El Pósito” por importe de 25.461,54 €, que fueron abonados en el año 2011.
3. Proyecto básico y de ejecución de espacio cultural por importe de 47.915,84 €, que fue abonado en el año 2011.
La justicia ha determinado además que el acusado, en su condición de alcalde, con conocimiento de que actuaba al margen del ordenamiento jurídico, adjudicó en septiembre de 2008 a la entidad Proyme Ingenieros Consultoría, S.L. la elaboración de un catálogo de construcciones en suelo no urbanizable por importe de 158.166 euros sin someterse a procedimiento alguno. Como consecuencia de algunos de los hechos antes descritos y de otras actuaciones realizadas por el Ayuntamiento a instancia del acusado, el ente local contrajo durante el período de su mandato una deuda con 25 proveedores y contratistas que a 24 de octubre de 2012 ascendía a 388.740,62 euros, pese a la inexistencia de consignación presupuestaria y de expedientes administrativos de contratación y aprobación del gasto.

La sentencia 86/17 establece en su fallo que:
CONDENAMOS al acusado, José Pérez Pérez, como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DIEZ AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL para los cargos de Alcalde, Teniente de Alcalde, Concejal o cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implique participación en el gobierno municipal, con la incapacidad para obtener otros análogos en el ámbito insular, autonómico o estatal durante el tiempo de la condena. Asimismo, lo condenamos al pago de un tercio de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular en esa proporción.
Que ABSOLVEMOS al acusado, José Pérez Pérez, de los delitos de fraude de subvenciones y malversación de caudales públicos, declarando de oficio las dos terceras partes de las costas procesales.

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