Cinco familias británicas residentes en Oria se enfrentan a la
demolición de sus viviendas, adquiridas hace más de diez años, en el
marco de un procedimiento penal contra los promotores de las mismas. Las casas, situadas en la pedanía orialeña de La Rambla, fueron
promovidas y construidas supuestamente sin contar con licencia municipal
de obras, y sobre suelo calificado como no urbanizable, por lo que el
fiscal considera que no son autorizables e interesa su derribo para
restaurar la legalidad alterada. En la vista oral, señalada para enero en el Juzgado de lo Penal número 2
de Almería, el Ministerio Público va a solicitar, asimismo, que ambos
promotores, uno de nacionalidad española y el otro de origen británico,
corran tanto con los gastos de la demolición como con las
indemnizaciones a los compradores en la cuantía de la cantidad pagada y
gastos satisfechos. Según relata la acusación pública en su escrito de calificación
provisional, el acusado D.R.G., promotor y constructor, edificó entre
los años 2003 y 2004 en la pedanía de La Rambla, en Oria, cuatro
viviendas unifamiliares «sin la correspondiente licencia municipal y en
suelo no urbanizable» que, subraya, no son autorizables. D.R.G. celebró supuestamente contratos privados de compraventa con el
fin de enajenar a terceras personas tres de las cuatro casas, por lo que
interesa para él la imposición de una pena de dos años de cárcel y
multa de 24 meses a razón de 30 euros al día, además de inhabilitación
especial para profesión u oficio relacionado con la construcción por un
periodo de 24 meses. En el caso del segundo acusado, identificado como A.A.R., la Fiscalía
sostiene que, como promotor, edificó «sin licencia municipal y en fecha
posterior a septiembre de 2004» una vivienda unifamiliar en el mismo
paraje, y sobre suelo también «no urbanizable», al tiempo que celebró
contrato de compraventa para enajenarla a un tercero. Para él, interesa, además del cargo del coste del derribo y de la
indemnización, una pena de 15 meses de cárcel y multa de 18 meses a
razón de 30 euros al día, así como inhabilitación especial para
profesión u oficio en la construcción por un periodo de dos años. En la misma causa se ha dictado el sobreseimiento provisional por la
edificación de otras tres viviendas en la misma pedanía, ya que se
construyeron al menos tres años antes de que se incoará el procedimiento
penal, sin que pueda acreditarse que en ese plazo se realizasen
trabajos de edificación. El auto deja pendiente además la actuación
contra una sexta vivienda hasta que pueda localizarse a su propietario. Fuente: AlmeriaHoy.com
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