En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19, la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y con los preceptos legales invocados anteriormente, y demás de general y pertinente aplicación,
RESUELVO
Primero.
Declarar, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, el nivel de alerta sanitaria 3 modulado en su grado 1 a todos los municipios del Distrito Levante-Alto Almanzora y del Distrito Almería que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, salvo a los municipios relacionados en el Anexo III a la presente resolución, que por superar 1.000 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días, se declaran en nivel de alerta sanitaria 4 modulada en su grado 2.
Segundo.
Declarar, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, el nivel de alerta sanitaria 4 modulado en su grado 1 a todos los municipios del Distrito Poniente que se relacionan en el Anexo II de la presente resolución.
Tercero.
Dejar sin efecto la siguiente resolución: Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Almería, por la que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los territorios que se detallan (BOJA extraordinario núm. 19, de 25 de febrero de 2021).
Cuarto.
Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para el nivel de alerta sanitaria 4 grado 1 y 4 grado 2 previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19, y sus posteriores modificaciones, así como las previstas en la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y sus posteriores modificaciones.
Quinto.
Las presentes medidas surtirán efectos durante 7 días contados desde las 00:00 horas del 5 de marzo de 2021, pudiendo ser revisadas si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido en la citada Orden de 29 de octubre de 2020.
Sexto.
El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizará el seguimiento continuo de la situación epidemiológica e informará sobre la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las medidas, a efectos de evaluar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas.
Séptimo.
Dar traslado de esta resolución tanto a la Subdelegación del Gobierno en Almería, con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado, en el lazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Almería, 4 de marzo de 2021.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de 29.10.2020, BOJA extraordinario núm. 73, de 30.10.2020), el Delegado, Juan de la Cruz Belmonte Mena.
ANEXO I
MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 3 GRADO 1
ALMERÍA (DISTRITO)
ABLA
ABRUCENA
ALBOLODUY
ALCUDIA DE MONTEAGUD
ALHABIA
ALHAMA DE ALMERÍA
ALICÚN
ALMERÍA
ALMÓCITA
ALSODUX
BEIRES
BENAHADUX
BENITAGLA
BENIZALÓN
BENTARIQUE
CANJÁYAR
CARBONERAS
CASTRO DE FILABRES
FIÑANA
GADOR
GERGAL
HUÉCIJA
HUÉRCAL DE ALMERÍA
ÍLLAR
LUBRÍN
LUCAINENA DE LAS TORRES
NACIMIENTO
NÍJAR
OHANES
OLULA DE CASTRO
PADULES
PECHINA
RÁGOL
RIOJA
SANTA CRUZ DE MARCHENA
SANTA FE DE MONDÚJAR
SENÉS
SORBAS
TABERNAS
TAHAL
TERQUE
TRES VILLAS (LAS)
TURRILLAS
ULEILA DEL CAMPO
VELEFIQUE
VIATOR
LEVANTE-ALTO ALMANZORA
ALBANCHEZ
ALBOX
ALCÓNTAR
ANTAS
ARBOLEAS
ARMUÑA DE ALMANZORA
BACARES
BAYARQUE
BÉDAR
CANTORIA
CHERCOS
CHIRIVEL
CÓBDAR
CUEVAS DEL ALMANZORA
FINES
GALLARDOS (LOS)
GARRUCHA
HUÉRCAL OVERA
LAROYA
LÚCAR
MACAEL
MARÍA
MOJÁCAR
OLULA DEL RÍO
ORIA
PARTALOA
PULPÍ
PURCHENA
SERÓN
SIERRO
SOMONTÍN
SUFLÍ
TABERNO
TÍJOLA
TURRE
URRÁCAL
VÉLEZ BLANCO
VÉLEZ RUBIO
VERA
ZURGENA
ANEXO II
MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 1
PONIENTE DE ALMERÍA (DISTRITO)
ADRA
ALCOLEA
BALANEGRA
BAYÁRCAL
BERJA
DALÍAS
EJIDO (EL)
ENIX
FELIX
FONDÓN
LAUJAR DE ANDARAX
MOJONERA (LA)
PATERNA DEL RÍO
ROQUETAS DE MAR
VÍCAR
ANEXO III
MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2
ALMERÍA (DISTRITO)
INSTINCIÓN
LEVANTE-ALTO ALMANZORA
LÍJAR
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