martes, 5 de junio de 2012

Acuerdo con GESTAGUA

Aprobado inicialmente el expediente de Revisión de Oficio de los Actos que seguidamente se detallan:
a) Acuerdo verbal (no existe constancia documental) alcanzado en su día (fecha indeterminada) entre el entonces Alcalde de esta localidad, Don José Pérez Pérez, que actuaba como tal y la sociedad GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. (GESTAGUA), actual concesionaria del servicio de saneamiento de la localidad, por el cual esta empresa, con efectos día 1 de febrero de 2010, deja de realizar las reparaciones de averías que se produzcan en el mencionado servicio público, y las asume el municipio.
b) Protocolo de actuación “en caso de avería en las redes de agua o saneamiento del municipio de Oria”, suscrito el día 26 de febrero de 2010, entre el Alcalde y el Jefe de Explotación de GESTAGUA.
c) Acuerdo alcanzado en fecha 29 de septiembre de 2004 entre el entonces Alcalde de esta localidad, Don José Pérez Pérez, que actuaba como tal y Don Gonzalo Murillo de Torres, representante legal de la entidad GESTIÓN Y TÉNCNICAS DEL AGUA, S.A. (GESTAGUA), actual concesionaria del servicio de abastecimiento de agua de la localidad, por el cual el Ayuntamiento reconoce una deuda preexistente con dicha sociedad, a 30 de junio de 2003, por importe de 200.172,97€, derivada al parecer de la gestión del mencionado servicio municipal, y se compromete a pagarla en diversas anualidades mediante la compensación con saldos deudores que GESTAGUA mantenga con el Ayuntamiento como resultado del cobro, por ésta, a los abonados al servicio, de los derechos de acometida y de un canon para determinados volúmenes facturados y cobrados. Por Acuerdo del Pleno de fecha 27 de abril de 2012, de conformidad con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública por el plazo de 20 días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. En el Acuerdo de aprobación inicial de la revisión de los actos nulos antes descritos se ha procedido a la suspensión del mismo, ya que podrían causar perjuicios de imposible o difícil reparación. En Oria, a 30 de mayo de 2012.- EL ALCALDE, Marcos Reche Galera. Fuente: Dipalme.org

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